Derecho Europeo

TEMA 3: Órganos complementarios y medios de la UE

6.2.) Los procedimientos legislativos especiales

Los procedimientos legislativos especiales sustituyen a los antiguos procedimientos de consulta, de cooperación y de dictamen conforme. El objetivo es simplificar el proceso de toma de decisiones de la UE haciéndolo más claro y más eficaz. Como indica su denominación, estos procedimientos son derogatorios al procedimiento legislativo ordinario y, por tanto, constituyen excepciones.
 

En la práctica, en los procedimientos legislativos especiales, el Consejo de la UE es el único legislador. El Parlamento Europeo solo está asociado al procedimiento. De este modo, su función se limita a la consulta o la aprobación según los casos. A diferencia del procedimiento legislativo ordinario, el Tratado de Funcionamiento de la UE no proporciona una descripción concreta de los procedimientos legislativos especiales. Por tanto, sus modalidades se definen caso por caso en los artículos de los tratados sobre la UE y sobre el Funcionamiento de la UE que prevén su aplicación.
 

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